Bienvenidos a una Cultura Organizacional Inclusiva, Libre de Acoso y Violencia

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Atenciones psicológicas tempranas

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Denuncias en sectores privado y público

68%

de las denuncias provienen de trabajadoras

¡Por un ambiente laboral saludable y respetuoso!

En nuestro entorno laboral, es fundamental que las relaciones se basen en un trato libre de violencia, que respete la dignidad de cada persona y adopte una perspectiva de género. Este compromiso implica implementar medidas que promuevan la igualdad y erradiquen la discriminación.

Un Avance Significativo: Ratificación del Convenio Nº 190

En 2023, nuestro país ratificó el Convenio Nº 190 de la OIT, asegurando un mundo laboral sin acoso. En este marco, la Ley N° 21.643, conocida como Ley Karin, fue publicada el 15 de enero de 2024 y entró en vigencia el 1 de agosto de 2024. Esta ley modifica el Código del Trabajo para prevenir y sancionar el acoso laboral y la violencia, incluyendo la actualización de protocolos internos y la introducción de nuevas herramientas en las organizaciones.

¿Cómo logramos un cambio real?

Para garantizar la efectividad de estos cambios, es crucial que todos los miembros de la organización se involucren activamente en la promoción de un entorno laboral seguro yrespetuoso. Para ello,
es fundamental que generemos una cultura de respeto, comunicación y liderazgo efectivo.

¡Juntos, podemos construir un futuro laboral más justo y equitativo!

Conoce las definiciones y conductas

Qué se debe entender por Acoso Sexual, Acoso Laboral, Violencia en el trabajo y Actos de Discriminación:

Actos de discriminación

Los actos de discriminación se refieren a cualquier acción que menoscabe los derechos de una persona en el entorno laboral, basándose en características como género, raza, orientación sexual, discapacidad, entre otros. Estos actos perpetúan la desigualdad y afectan negativamente las oportunidades y el trato justo en el trabajo (Inciso 2° del art. 2 del Código del Trabajo).

Acoso Laboral

El acoso laboral comprende toda conducta que constituya agresión u hostigamiento ejercida por el empleador o por uno o más trabajadores hacia otro u otros trabajadores. Esta conducta puede manifestarse de forma aislada o reiterada y tiene como resultado el menoscabo, maltrato o humillación del afectado, así como la amenaza o el perjuicio de su situación laboral o sus oportunidades en el empleo (Inciso 2° del art. 2 del Código del Trabajo).

Violencia en el trabajo

La violencia en el trabajo se refiere a aquellas conductas que afectan a los trabajadores durante la prestación de sus servicios, ejercidas por terceros ajenos a la relación laboral, como clientes, proveedores o usuarios. Esta violencia puede manifestarse de diversas formas y tiene un impacto directo en el bienestar y la seguridad de los empleados (Inciso 2° del art. 2 del Código del Trabajo).

Acoso sexual

El acoso sexual se define como cualquier requerimiento de carácter sexual que una persona realice de manera indebida y por cualquier medio, sin el consentimiento de quien lo recibe. Estas conductas pueden amenazar o perjudicar la situación laboral del afectado o sus oportunidades en el empleo (Inciso 2° del art. 2 del Código del Trabajo).

No calles ante el acoso laboral o sexual: denunciar es tu derecho. La Ley Karin está para protegerte.

¿Qué es la Ley Karin?

Oficialmente conocida como Ley N°21.643, se promulgó para modificar el Código del Trabajo y otros cuerpos legales en materia de prevención, investigación y sanción del acosolaboral, sexual y de violencia en el trabajo.

La ley tiene como objetivo principal crear un entorno laboral más seguro y respetuoso, promoviendo la igualdad de oportunidades y erradicando cualquier forma de acoso y violencia en el ámbito laboral.

La ley establece protocolos claros para la prevención y el tratamiento de situaciones de acoso laboral y sexual, obligando a las empresas a implementar mecanismos de denuncia y protección para asegurar un ambiente libre de violencia.

La ley promueve la capacitación tanto de trabajadores como de empleadores para fomentar una cultura organizacional inclusiva y respetuosa. Además, incluye medidas de protección para las víctimas para evitar represalias.

Sí, la implementación de la ley es obligatoria para todas las entidades empleadoras.